Rebajar la factura Fiscal antes de que acabe el año




Se acerca el final del año y suele ser habitual que, si no se ha hecho antes, se empiece a buscar la manera de rebajar la factura fiscal de la actividad empresarial del autónomo o de las sociedades. Una vez que encaramos el último trimestre y con la mayor parte de la actividad ya hecha, debemos planificar, sobre el resultado que se vaya a obtener, un sistema que permita reducir los impuestos a pagar, IRPF o Sociedades, según el caso.

Para los autónomos y las empresas hay una serie de posibilidades que permiten rebajar el beneficio por el que vamos a tributar. Vamos a exponerlos ahora para que se puedan tomar en consideración y calcular el ahorro que puede suponer el adoptar alguna de estas medidas.

¿Qué pueden hacer los autónomos?

Para los autónomos, una opción evidente son los planes de pensiones. El límite máximo de aportación a un plan de previsión asegurado o un plan de pensiones es de 10.000 euros anuales, para personas mayores de 50 años el límite sube a 12.500 euros anuales. Las aportaciones a estos productos pueden ser periódicas o extraordinarias, en función de lo que se haya aportado durante el año y de lo que reste hasta el máximo permitido, podemos realizar una aportación extraordinaria por la diferencia.

También son deducibles las primas pagadas por el autónomo en los seguros de vida de riesgo, es decir, aquellos que cubren las contingencias de fallecimiento o invalidez del asegurado, en este caso el autónomo. El máximo deducible, en este tipo de productos, son 500 euros anuales.

Del mismo modo, y en la misma cuantía, se pueden desgravar las primas pagadas por los seguros de salud, esto es aquellos que contratamos con alguna entidad privada y que nos ofrecen la posibilidad de tener un servicio de medicina privada a cambio del pago de una cuota. En el caso de este tipo de seguros, además de la prima pagada por el autónomo, son deducibles las que corresponden a los miembros de la familia directa (cónyuge e hijos) que convivan con él, en este caso el máximo son 500 euros al año por cada miembro de la familia.

Las opciones de las Sociedades

En el caso de las empresas, las opciones son las mismas que ya hemos citado. Tanto los planes de pensiones como los seguros de vida o de salud, pero debemos tener en cuenta que podemos extender la contratación de estos productos a los trabajadores de la empresa y deducir ese gasto.

Podemos suscribir un plan de pensiones, o seguros médicos privados a nombre de la empresa teniendo como beneficiarios a los trabajadores, de esta manera desgravaremos las cantidades pagadas en los mismos, pudiendo imputar estos pagos como retribución en especie a los trabajadores.

La contratación de este tipo de productos cuyos beneficiarios sean los empleados, supone, además del beneficio fiscal, una manera de fidelizar y de aportar valor a la relación empresa-trabajadores.

Alguna otra medida

¿Puede haber alguna otra medida? En principio, todas lo comentado hasta ahora reduce el IRPF y el IS pero no el IVA, ya que los seguros no tienen IVA. Una opción que podemos tomar en consideración que rebaje también el IVA es hacer una compra a nuestros proveedores por un importe elevado. Materias primas, consumibles, etc, que puede suponer un aumento de los gastos y que rebajen el beneficio, pero estas acciones sólo sirven para adelantar un gasto que tendremos en el futuro, por lo que traspasaríamos el problema al próximo año.

Lo que no se debe hacer es comprar inmovilizado. Desde el punto de la desgravación, sólo podemos imputar la parte proporcional a la amortización anual, si la compra la realizamos ahora será menos del 25% de esa desgravación por lo que no compensa comprar ahora un elemento de inmovilizado sólo por rebajar el beneficio.

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